Articulo 158 por el que se aprueban las Instrucciones Generales para la Ordenación de los Montes Arbolados en Castilla y León
- Norma vigente hasta el 25 de septiembre de 2025. - DECRETO 12/2025, de 4 de septiembre, por el que se regula la planificación y ordenación forestal en Castilla y León.
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»Artículo 158.
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En los métodos de ordenación de entresaca por bosquetes el concepto de período de regeneración carece de sentido, y las únicas previsiones temporales sobre regeneración se harán a nivel de bosquete, en función de su tamaño y de la modalidad de corta elegida dentro de los mismos.
No obstante, es conveniente fijar un plazo que predeterminará la duración del Plan Especial y que, junto con el tamaño de los bosquetes y las edades de madurez, permita estimar anticipadamente las superficies que van a recorrerse por las cortas de regeneración, y el número de bosquetes a cortar.
