Articulo 158 Promoción de... económica

Articulo 158 Promoción de la actividad económica

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Artículo 158. Modificación del artículo 26 de la Ley 18/2007

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1. Se modifica el apartado 3 del artículo 26 de la Ley 18/2007, que queda redactado del siguiente modo:

"3. La cédula de habitabilidad es el documento que deben exigir las empresas suministradoras de energía eléctrica, agua, gas, telecomunicaciones y otros servicios, para la contratación de servicios y suministros a la vivienda. En el caso de viviendas de protección oficial destinadas a primera ocupación, el documento exigible es la calificación definitiva."

2. Se modifica el apartado 5 del artículo 26 de la Ley 18/2007, que queda redactado del siguiente modo:

"5. La cédula de habitabilidad es otorgada por el departamento competente en materia de vivienda, sin perjuicio que pueda delegar su otorgamiento en los entes locales. En ningún caso puede otorgarse la cédula de habitabilidad si no se cumplen las condiciones técnicas legalmente exigidas por la normativa de habitabilidad."

3. Se añade un apartado, el 5 bis, al artículo 26 de la Ley 18/2007, con el siguiente texto:

"5 bis. El otorgamiento de la cédula de habitabilidad implica exclusivamente que la vivienda cumple los requisitos técnicos de habitabilidad de la normativa vigente y no supone la legalización de las construcciones en lo que concierne a la adecuación del uso de vivienda a la legalidad urbanística. Para proteger los derechos de los adquirientes, cuando en la tramitación de la solicitud de la cédula de habitabilidad se ponga de manifiesto que el uso de un inmueble como vivienda puede no adecuarse a la legalidad urbanística, debe hacerse constar esta circunstancia en el documento de otorgamiento de la cédula, y el fedatario público debe ponerlo en conocimiento del adquiriente en el momento de autorizar el documento de transmisión."

4. Se modifica el apartado 7 del artículo 26 de la Ley 18/2007, que queda redactado del siguiente modo:

"7. Las viviendas con actividades económicas se consideran viviendas a efectos de la exigencia de la cédula de habitabilidad."