Articulo 158 Reglamento d...-Derogado-

Articulo 158 Reglamento de la Ley 3/1993, Forestal -Derogado-

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Artículo ciento cincuenta y ocho

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A los efectos del artículo anterior, la Conselleria de Medio Ambiente, elaborará un informe para los incendios superiores a quinientas hectáreas que contendrá los siguientes aspectos:

a) Efecto del incendio sobre la vegetación y suelos.

b) Zonificación del territorio en función de su capacidad de autorregeneración.

c) Planificación de actuaciones a corto, medio y largo plazo.