Articulo 159 Agraria de I. Balears
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»Artículo 159. Principio de discriminación positiva
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Las administraciones públicas competentes en materia agraria se basarán en el principio de discriminación positiva de los jóvenes y de las mujeres para favorecer su integración en los sectores agrario y agroalimentario, y, en especial, en el acceso a la titularidad de una explotación agraria, y para facilitar el relevo generacional.
