Articulo 159 Procesal militar

Articulo 159 Procesal militar

Ver Indice
»

Artículo 159.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Además de las pruebas documentales determinadas en la Ley común, también podrán aportarse en el período de sumario con tal carácter las obtenidas a través de medios de audiovisión, consistentes en películas cinematográficas, vídeos, diapositivas, microfilms, radiografías, grabaciones sonoras o visuales, o de cualquier otro medio que pueda proyectarse o reproducirse visual o fónicamente durante el sumario o en la vista ante el Tribunal.

La parte a cuya instancia se verifiquen deberá poner a disposición del Órgano Judicial en la Secretaría los medios para su reproducción, proyección o verificación, quedando los mismos bajo la custodia del Secretario, a cuyo cargo también permanecerá la que haya de ser practicada en período del juicio oral.

Dichas pruebas podrán ser también llevadas a cabo de oficio por el Juez interesado al efecto la colaboración de los organismos públicos competentes.