Articulo 16 Atención inte...ectrónicos

Articulo 16 Atención integral y multicanal a la ciudadanía y acceso a los servicios públicos por medios electrónicos

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Artículo 16.- Relaciones de las personas empleadas públicas con el sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

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Las personas empleadas públicas, cuando estén desempeñando de forma efectiva sus puestos de trabajo en el sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi, están obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos, para los trámites y actuaciones que realicen por razón de su condición de personal empleado público.