Articulo 16 bis Ley 8/2008, de 10 de julio, Cataluña, Financiación de infraestructuras de gestión de residuos
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»Artículo 16 bis. Ámbito de aplicación y finalidad
Vigente
1. El canon sobre la deposición controlada de los residuos industriales se aplica a los residuos que, de acuerdo con la legislación específica vigente, tienen esta consideración y se destinan a depósitos controlados.
2. El canon sobre la deposición controlada de residuos industriales es un instrumento económico que contribuye a la financiación de las actuaciones establecidas en el artículo 6.11 bis
3. No se consideran sujetos a este canon los residuos industriales asimilables a municipales ni los residuos industriales peligrosos.
Modificaciones
- Artículo modificado por LEY 2/2014, de 27 de enero, de medidas fiscales,administrativas, financieras y del sector público.
(GC de 30-01-2014) en vigor desde 31-01-2014

