Articulo 16 Canaria de Co...Desarrollo

Articulo 16 Canaria de Cooperación Internacional para el Desarrollo

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Artículo 16.- Educación para el desarrollo y sensibilización social.

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1. La educación para el desarrollo es un proceso dinámico, interactivo y participativo, orientado a la formación integral de las personas, su concienciación y comprensión de las causas locales y globales de los problemas del desarrollo y su compromiso para la acción participativa y transformadora.

Las acciones educativas que se planteen en este marco estarán orientadas a.

a) Favorecer el análisis y la comprensión del marco que define y explica las relaciones internacionales en su dimensión histórica y carácter del proceso desarrollo-subdesarrollo: Norte-Sur.

b) Promover la concepción referente al desarrollo sostenible.

c) Promover la igualdad entre hombres y mujeres.

d) Fomentar el análisis, la comprensión y respeto de los derechos humanos y la paz.

e) Fomentar el análisis y la comprensión de la evolución del concepto intercultural, así como el acercamiento a distintas cosmovisiones culturales con la finalidad de facilitar los procesos interculturales.

f) Fomentar la educación medioambiental para el desarrollo de las poblaciones locales.

Las acciones educativas se concretarán mediante programas y/o proyectos que generen oportunidades y procesos de participación ciudadana.

2. La sensibilización social consiste en la realización de actividades informativas de carácter puntual sobre los problemas del desarrollo.

Las acciones que se planteen en este marco estarán orientadas a:

a) Sensibilizar a la población sobre la problemática derivada del desarrollo.

b) Promover la participación económica de la población en todas aquellas acciones que tengan como finalidad la cooperación internacional para el desarrollo.

c) Promover la creación de redes solidarias de cooperación internacional para el desarrollo.

d) Promover y fomentar la economía solidaria y el consumo responsable de los productos procedentes de los países en desarrollo.

3. Con este fin, las administraciones públicas, en su caso, en colaboración con los agentes de cooperación impulsarán y apoyarán la realización de programas y/o proyectos educativos, así como campañas de divulgación y denuncia. Estas actuaciones serán desarrolladas en los espacios educativos formal, no formal e informal, y podrán ejecutarse tanto en Canarias como en los países receptores de la cooperación canaria.