Articulo 16 Cuerpos y escalas de la Administración de I. Balears
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»Artículo 16. Titulaciones de acceso al cuerpo administrativo.
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Para el acceso al cuerpo administrativo se exige el título de bachiller, el título de técnico/a superior en formación profesional específica en materia de administración o las acreditaciones equivalentes.
