Artículo 16. D. 60/2026, de 17 de abril, Comunidad Valenciana, Comisión de Precios de la Generalitat
Artículo 16. Emisión del informe.
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1. La persona titular de la dirección general competente en materia de comercio, como titular de la presidencia de la Comisión de Precios de la Generalitat, a la vista de lo acordado por dicho órgano en sesión plenaria, emitirá informe emitirá informe en el plazo máximo de tres meses a contar desde la fecha de presentación de la solicitud, sin perjuicio de la suspensión de plazos previstos en el artículo 12.4 del presente decreto.
Transcurrido el expresado plazo sin que haya emitido la resolución, la Administración competente para la autorización de las tarifas proseguirá el procedimiento, de acuerdo con lo previsto en el artículo 22, letra d de la citada ley 39/2015.
2. Los informes se notificarán a las personas interesadas de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley 39/2015.
