Articulo 16 Desarrollo de la Ley 4/2007, de coordinación de policías locales, en...ón y medios técnicos
Articulo 16 Desarrollo de la Ley 4/2007, de coordinación de policías locales, en materia de uniformidad, acreditación y medios técnicos
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»Artículo 16. Uniformidad de gala.
Vigente
Se utilizarán para la uniformidad de gala las prendas que a continuación se señalan:
-Gorra.
Gorra de plato, de color azul oscuro, tipo aviación, con bisera de plástico duro.
-Camisa.
Será de color blanco y de manga larga.
-Chaqueta.
De tela de color azul oscuro, forrada, de cuello de solapa clásica y con hombreras, cerrada con cuatro botones dorados.
-Guantes.
De nailon de color blanco, punto liso y con venas en el dorso.
-Pantalón.
Recto de color azul oscuro.
-Falda.
Falda recta de largo hasta la rodilla, de color azul oscuro, con cierre trasero de cremallera y abertura trasera de 100 mm.
-Zapatos.
De piel negra, lisos y con cordones. Los de mujer tendrán una altura máxima del tacón de 40 mm.
-Corbata.
De color negro y forrada.