Articulo 16 Desarrollo del Reglamento del aire y disposiciones operativas comunes para servicios y procedimientos de navegación aérea
Ver Indice
»Artículo 16. Reservas y restricciones de espacio aéreo.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
A los efectos previstos en este capítulo, son reservas o restricciones de espacio aéreo las definidas en el artículo 2, letras b) y c), respectivamente, del Reglamento FUA.
