Articulo 16 se establecen directrices para la inclusión de cláusulas de carácter social, laboral y medioambiental en la contratación de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y su sector público instrumental
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»Decimosexto. Efectividad
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1. Las entidades y los órganos afectados por este Acuerdo deben adoptar las medidas necesarias para que las directrices que se contienen en el mismo sean efectivas a partir del mismo día de su publicación en el BOIB.
2. Este Acuerdo deja sin efecto el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 29 de abril de 2016 por el que se establecen directrices para la inclusión de cláusulas de carácter social en la contratación de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y su sector público instrumental.
