Articulo 16 Establecimien... Andalucía

Articulo 16 Establecimientos hoteleros de Andalucía

Ver Indice
»

Artículo 16. Precios.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. Los precios de los servicios turísticos prestados en los establecimientos hoteleros son libres.

2. (Derogado)

3. En todo caso, no podrá percibirse suplemento alguno de precio por la utilización de las piscinas y su mobiliario propio, los jardines o los aparcamientos exteriores no cubiertos situados en el recinto del establecimiento. No obstante lo anterior, la utilización de piscinas no obligatorias, cuando las hubiere, y su mobiliario propio, se facilitará de conformidad con las condiciones y en los términos contratados.