Articulo 16 Establecimien...-Derogado-

Articulo 16 Establecimientos de restauración de Murcia -Derogado-

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Artículo 16. Requisitos.

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CONDICIONES GENERALES4 Tenedores3 Tenedores2 Tenedores1 Tenedor
Entrada de clientes independiente de la de personal y mercancíasLa entrada de clientes no será utilizada para mercancías durante las horas de apertura al público.La entrada de clientes no será utilizada para mercancías durante las horas de apertura al público.La entrada de clientes no será utilizada para mercancías durante las horas de apertura al público.
Ascensor+1 planta+ 1 planta--
Guardarropa--
Vestíbulo o Sala de espera---
Superficie mínima del comedor (capacidad máxima)2 m² x cliente1,8 m² x cliente1,5 m² x cliente1,5 m² x cliente
Comedores privados---
Climatización--
Aire acondicionado--
Calefacción--
Mesas auxiliares--
SERVICIOS HIGIÉNICOS    
Aseos independientes para señoras y caballeros
Vestíbulo--
Lavabos señoras1 por cada 50 plazas1 por cada 75 plazas1 por cada 100 plazas1 por cada 100 plazas
Inodoros señoras1 por cada 50 plazas1 por cada 75 plazas1 por cada 100 plazas1 por cada 100 plazas
Lavabos caballeros1 por cada 50 plazas1 por cada 75 plazas1 por cada 100 plazas1 por cada 100 plazas
Inodoros caballeros1 por cada 50 plazas1 por cada 75 plazas1 por cada 100 plazas1 por cada 100 plazas
Urinarios caballeros1 por cada 50 plazas1 por cada 75 plazas1 por cada 100 plazas1 por cada 100 plazas
Toallas de papel o secamanos y jabón
Ventilación directa o forzada
ZONA DE SERVICIOS    
Cocina
Despensa
Lavavajillas
Bodega*--
Cámaras o armarios frigoríficos (pescados y carnes)Sí, diferenciadosSí, diferenciadosSí, diferenciados
Agua fría y caliente/fregadero
Extracción de humos

* Por cada 100 plazas de más o fracción, se incrementará en una pieza cada elemento.
* En la bodega deberán incluirse vinos con denominaciones de origen de la Región de Murcia.