Articulo 16 Indemnizaciones por razón del servicio de la Junta
Ver Indice
»Artículo 16.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Salvo lo dispuesto en el artículo 11º.1, ningún comisionado podrá percibir dietas de grupo superior al que le corresponda aunque realice el servicio por delegación o en representación de una autoridad.
