Articulo 16 Información geográfica e Institut Cartogràfic Valencià
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»Artículo 16. Contratación
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1. La contratación del Institut Cartogràfic Valencià se rige por lo dispuesto en la normativa de contratos del sector público.
2. Corresponden a la persona que ocupe la Dirección del Institut Cartogràfic Valencià las funciones que la normativa de contratos del sector público atribuye a los órganos de contratación.
