Articulo 16 Lanbide-Servi... de Empleo

Articulo 16 Lanbide-Servicio Vasco de Empleo

Ver Indice
»

Artículo 16.- Régimen patrimonial y de contratación.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1.- El régimen aplicable a los bienes y derechos cuya titularidad ostente el ente, así como a los que le sean adscritos, se adecua a lo establecido en el Texto Refundido de la Ley de Patrimonio de Euskadi, aprobada por Decreto Legislativo 2/2007, de 6 de noviembre.

2.- El régimen general de la contratación y adquisición de bienes y servicios necesarios para el ejercicio de las funciones de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo será el establecido en la normativa sobre contratación pública.