Artículo 16. LEY 5/2026, de 31 de julio, C. Valenciana, medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat
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Se modifican las cuantías y se suprimen servicios del artículo 34.1-5 correspondiente a la cuota íntegra regulada en el capítulo único «Tasa por la prestación de servicios por el IVASPE» del título XXXIV «Tasa en materia del Instituto Valenciano de Seguridad Pública y Emergencias (IVASPE)» de la Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de tasas, quedando redactado del siguiente modo:
«Artículo 34.1-5 Cuota íntegra
La cuota íntegra se obtendrá aplicando la cantidad fija señalada en el siguiente cuadro:
|
Tipo de servicio |
Importe (euros) |
|
|
1 |
Pruebas físicas. |
75,00 EUR |
|
2 |
Pruebas psicotécnicas. |
75,00 EUR |
|
3 |
Certificación individual de acreditación para la presentación en los procesos selectivos. |
10,00 EUR» |
.

