Artículo 16. Ley 8/2026, de 2 de julio, Cataluña, erradicación del amianto
Ver Indice
»Artículo 16. Recursos personales y tecnológicos.
Vacatio legis
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
El sistema sanitario público de Cataluña debe tener una dotación de recursos humanos, económicos y materiales, incluyendo los tecnológicos, que sea suficiente y adecuada para garantizar la atención de las necesidades de la población afectada por la exposición a materiales que contienen amianto.
