Articulo 16 Ley3/2009,de28demayo,porlaqueseapruebaelProgramadeTransicionalEmpleodelaJuntadeAndalucia(PROTEJA).
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»Artículo 16. Comisión de Participación.
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1. Una Comisión de Participación estará integrada por un o una representante por cada una de las Consejerías de Economía y Hacienda y de Gobernación, dos representantes de la Consejería de Empleo, con rango, al menos, de Director o Directora General, y cuatro representantes de los agentes económicos y sociales más representativos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Uno o una de los representantes de la Consejería de Empleo ostentará la Presidencia de la Comisión.
2. Corresponde a la Comisión.
a) Recibir información sobre el desarrollo del Programa.
b) Proponer cuantas mejoras considere necesarias para su aplicación.
