Articulo 16 Medidas 1999 tributarias, financieras y administrativas
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»Artículo 16. Abstención de contratación a través de empresas de trabajo temporal.
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La Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, incluidos sus organismos y empresas públicas, se abstendrá de contratar personal a su servicio a través de las denominadas empresas de trabajo temporal.
