Articulo 16 Medidas energéticas y económicas por la guerra en Ucrania
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Articulo 16 Medidas energéticas y económicas por la guerra en Ucrania

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Artículo 16. Modificación de la Ley 14/2017, de 10 de noviembre, de la Generalitat, de memoria democrática y para la convivencia de la Comunitat Valenciana

Vigente

Tiempo de lectura: 4 min

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1. Se añade un nuevo punto f) en el artículo 4.1 de la Ley 14/2017, de 10 de noviembre, de la Generalitat, de memoria democrática y para la convivencia de la Comunitat Valenciana, con la redacción siguiente:

«f) Las dirigidas al reconocimiento del papel activo de las mujeres en la vida intelectual y política, en la promoción, avance y defensa de los valores democráticos y los derechos fundamentales.»

2. Se añade un nuevo artículo 35 bis a la Ley 14/2017, de 10 de noviembre, de la Generalitat, de memoria democrática y para la convivencia de la Comunitat Valenciana, con la siguiente redacción:

«Artículo 35 bis. Declaración de reconocimiento y reparación personal de las víctimas del franquismo

1. A efectos del reconocimiento del derecho de las víctimas del franquismo a la reparación y a la recuperación de su memoria personal, familiar y colectiva, se reconoce y declara la injusticia que supuso:

a) El sometimiento a procesos judiciales y otros procedimientos sin las más elementales garantías legales.

b) Las sentencias condenatorias y las sanciones de carácter personal por motivos políticos, ideológicos, de conciencia o creencia religiosa, dictadas por la Auditoría de Guerra del Ejército de Ocupación así como por los restantes tribunales, jurados y órganos penales o administrativos que actuaron en el territorio de la Comunitat Valenciana durante la guerra civil y después de su finalización hasta la promulgación de la Constitución de 1978.

2. Así mismo, se reconoce y declara la injusticia de la desaparición forzada de niños y niñas, la deportación a campos de concentración, el exilio, así como cualesquiera otras formas de violencia personal y colectiva.

3. La Generalitat adoptará las medidas necesarias para reparar las formas especiales de represión o violencia de cualquier tipo sufrida por las mujeres a consecuencia de su actividad pública, política o intelectual, después de la guerra y hasta la promulgación de la Constitución de 1978, o como madres, compañeras o hijas de personas represaliadas o asesinadas, y las que sufrieron privación de libertad u otras penas a consecuencia de los delitos de adulterio e interrupción voluntaria del embarazo.»

3. Se modifica el artículo 39.6 de la Ley 14/2017, de 10 de noviembre, de la Generalitat, de memoria democrática y para la convivencia de la Comunitat Valenciana, que queda redactado de la siguiente manera:

«6. En el supuesto de que se pudiera considerar que concurren razones artísticas o arquitectónicas para el mantenimiento de los elementos contrarios a la memoria democrática, se podrá pedir el asesoramiento técnico de la conselleria competente en materia de patrimonio histórico y cultural o del comité técnico de expertos creado a tal efecto como grupo de trabajo adscrito al Instituto Valenciano de la Memoria Democrática, los Derechos Humanos y las Libertades Públicas.

A efectos de lo que se dispone en el párrafo anterior, concurrirán razones artísticas cuando se trate de elementos con singular valor artístico que forman parte de un bien catalogado como Bien de Interés Cultural.

Únicamente se considerará que concurren razones arquitectónicas cuando el elemento sea fundamental para la estructura del inmueble, de tal manera que su retirada pudiera poner en peligro la estabilidad del inmueble o cualquier otro aspecto relativo a su adecuada conservación.»

4. Se añade un nuevo apartado 5 en el artículo 64 de la Ley 14/2017, de 10 de noviembre, de la Generalitat, de memoria democrática y para la convivencia de la Comunitat Valenciana, con la redacción siguiente:

«5. El plazo máximo en que tendrá que notificarse la resolución del procedimiento sancionador será de un año, contado desde la fecha de iniciación del procedimiento.»

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 22-04-2022 en vigor desde 23-04-2022