Articulo 16 Medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público y creación del impuesto sobre las instalaciones que inciden en el medio ambiente
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»Artículo 16. Período impositivo
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1. A los efectos de la exacción del impuesto, el período impositivo se inicia, para el ejercicio 2020, el día de la entrada en vigor de la presente ley.
2. En el caso de las actividades a que hace referencia la letra a del artículo 9, dado el carácter continuado del hecho imponible, el período impositivo coincide con el año natural, y en todo caso entra en vigor el primer día del trimestre natural siguiente a la entrada en vigor de la presente ley.
