Articulo 16 Medidas en los sectores de instalaciones juveniles y cooperativas
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 16
Vigente
Se modifica el artículo 12 del Decreto ley 39/2020, de 3 de noviembre, que queda redactado de la manera siguiente:
Artículo 12
Aplicación presupuestaria y financiación
El importe máximo correspondiente al pago de estas ayudas, para el ejercicio 2020, es de 6.500.000 euros y se imputa a la partida presupuestaria D/480000190 del centro gestor BE19. El importe máximo destinado a esta ayuda se puede ampliar mediante resolución de la persona titular del órgano concedente, de acuerdo con el crédito disponible en la partida.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 25-11-2020 en vigor desde 25-11-2020