Articulo 16 Medidas urgentes en materia económico-administrativa para la ejecución de actuaciones por Covid-19.
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»Artículo 16. Tramitación anticipada de expedientes de gasto de ejercicios posteriores
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En el marco y con los límites establecidos en el artículo 39 del Real Decreto ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el cual se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, las distintas personas jurídicas incluidas en el ámbito subjetivo de este decreto ley podrán recurrir a la tramitación anticipada de cualquier tipo de expediente de gasto.

