Articulo 16 No discrimina...de Navarra

Articulo 16 No discriminación por motivos de identidad de género y reconocimiento de los derechos de las personas transexuales de Navarra

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Artículo 16. Otras medidas desde las Administraciones públicas navarras.

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Las Administraciones públicas de Navarra.

1.°Adoptarán todas las medidas que se consideren apropiadas, incluyendo programas de educación y capacitación, para alcanzar la eliminación de cualquier discriminación basada en la identidad de género.

2.°Emprenderán campañas de sensibilización, dirigidas al público en general como también a perpetradores y perpetradoras reales o potenciales de violencia, a fin de combatir los prejuicios subyacentes a la violencia relacionada con la identidad de género.

3.°Emprenderán programas de capacitación y sensibilización en cuanto a las normas internacionales de derechos humanos y los principios de igualdad y no discriminación, incluidos los concernientes a la identidad de género, dirigidos a:

a) Jueces, Secretarios y Fiscales, así como personal de la Administración de Justicia en Navarra.

b) Agentes de la Policía Foral y de las Policías Locales de los municipios de Navarra.

c) Personal de Instituciones Penitenciarias en Navarra.

d) Demás funcionarios/as y personal laboral de las Administraciones públicas de Navarra.

4.°Asegurarán que tanto la producción como la organización de los medios de comunicación de titularidad pública sea pluralista y no discriminatoria en lo que respecta a asuntos relacionados con la identidad de género.

5.°Apoyarán el reconocimiento y la acreditación de asociaciones, colectivos y organizaciones que promueven y protegen los derechos humanos de las personas transexuales.

6.°Promoverán que las Universidades navarras incluyan y fomenten en todos los ámbitos académicos la formación, docencia e investigación en educación sexual y en particular transexualidad, estableciendo convenios de colaboración para:

-Impulsar la investigación y la profundización teórica.

-Elaborar estudios sociológicos sobre la realidad de las personas transexuales.

-Orientar y ayudar en los planes de formación y de empleo de las personas transexuales.

-Elaborar planes de formación para profesionales sanitarios y de otras ramas del conocimiento que entran en contacto con la transexualidad.