Articulo 16 Participación Social en la Educación en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
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»Artículo 16. Consejos Escolares de Localidad.
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Los Consejos Escolares de localidad son los órganos de consulta y participación de los sectores afectados en la programación de la enseñanza no universitaria dentro del ámbito municipal.
