Articulo 16 Pesca Marítim... Cantabria

Articulo 16 Pesca Marítima, Marisqueo y Acuicultura de Cantabria

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Artículo 16. Silencio administrativo.

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Se entenderá desestimada la solicitud en los procedimientos sobre otorgamiento y renovación de las licencias, en caso de no notificarse la resolución en el plazo reglamentariamente previsto.