Articulo 16 Política de s... de C León

Articulo 16 Política de seguridad de la información de la Administración de C. León

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Artículo 16. Formación y concienciación.

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1. Se desarrollarán actividades formativas específicas orientadas a la concienciación y formación de los empleados públicos informándoles de sus deberes y obligaciones en cuanto al tratamiento seguro de la información.

2. Se fomentará la formación específica en materia de seguridad de las tecnologías de la información y el conocimiento de todas aquellas personas que gestionan y administran sistemas de información y de telecomunicaciones.

3. Todas las actuaciones descritas en los apartados 1 y 2 de este artículo, se realizarán conforme a las disponibilidades presupuestarias y los criterios de formación que determine la Escuela de Administración Pública de Castilla y León, incluyéndose, en su caso, dentro de los planes de formación de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.