Articulo 16 Políticas de ...e Canarias

Articulo 16 Políticas de Juventud de Canarias

Ver Indice
»

Artículo 16. De la Vicepresidencia.

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Son funciones de la Vicepresidencia:

a) Promover la coordinación y comunicación entre las diferentes comisiones de trabajo específicas que pudieran crearse.

b) Asumir la gestión ordinaria del Consejo de Políticas de Juventud.

c) Sustituir a la persona que ostente la presidencia en los casos de vacante, ausencia o enfermedad.

d) Cualquier otra función que le delegue o encomiende el Pleno o la Presidencia.