Articulo 16 Presupuestos 2013 Cantabria

Articulo 16 Presupuestos 2013 Cantabria

Ver Indice
»

Artículo 16. Formalización de las operaciones.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



El titular de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo y, supletoriamente y previa su autorización escrita, el titular de la Dirección General competente en materia de política financiera, podrán formalizar todo tipo de contratos relativos a las operaciones de endeudamiento y cobertura financiera a que se hace referencia en el presente capítulo.