Articulo 16 Presupuestos 2015 La Mancha
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»Artículo 16. Anticipos de tesorería.
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Al amparo de lo previsto en el artículo 51 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, durante 2015, el límite máximo que puede conceder el Consejo de Gobierno como anticipo de tesorería será del 1 por ciento de los créditos autorizados en la presente ley.
