Articulo 16 Presupuestos 2016 Navarra

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Artículo 16. Modificación de la Ley Foral 18/2008, de 6 de noviembre, de medidas para la reactivación de la economía Navarra 2009-2011.

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1. Se modifica el artículo 9 de la ley Foral 18/2008, de 6 de noviembre, de medidas para la reactivación de la economía Navarra 2009-2011, que pasa a tener la siguiente redacción.

El plazo máximo de vigencia de los avales será de quince años a contar desde la fecha de su concesión.

2. Se adiciona un nuevo artículo 9 bis de la ley Foral 18/2008, de 6 de noviembre, de medidas para la reactivación de la economía Navarra 2009-2011, con el siguiente contenido:

9 bis. Novaciones modificativas de los préstamos garantizados.

Las novaciones modificativas de los préstamos garantizados mediante esta ley foral no podrán tener como objeto la ampliación del importe del capital vivo ni los periodos de carencia vigentes.