Articulo 16 Prevención y ... edificios

Articulo 16 Prevención y seguridad en materia de incendios en establecimientos, actividades, infraestructuras y edificios

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Artículo 16. Guías técnicas.

Vigente

1. El departamento competente en materia de prevención y extinción de incendios puede hacer públicas guías técnicas sobre prevención y seguridad en materia de incendios, las cuales deben ser libremente accesibles, al menos por medios telemáticos.

2. Las guías técnicas a las que se refiere el apartado 1 son documentos de carácter no obligatorio, elaborados o reconocidos por los servicios técnicos de la dirección general competente en materia de prevención y extinción de incendios, cuyo objeto es dar criterios interpretativos, aclaraciones y criterios de aplicación de la normativa legal y reglamentaria, y de las instrucciones técnicas complementarias con relación a la prevención y la seguridad en materia de incendios.