Articulo 16 Protección y ...io agrario

Articulo 16 Protección y modernización de la agricultura social y familiar y del patrimonio agrario

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Artículo 16. Marco general para la financiación y ejecución.

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1. De modo general, la ejecución y financiación de las actuaciones en materia de regadío, bien sea en el ámbito de la modernización integral o mejora del existente, bien en el de nueva creación declarada de interés general, se efectuarán por las comunidades de regantes. En su caso, el apoyo público se basará en un modelo subvencional ajustado a las modalidades que en cada momento establezca la Administración autonómica.

2. Salvo las excepciones previstas en los apartados 3 y 4 siguientes, el marco general de ejecución de obras por parte de las comunidades de regantes será la licitación a través de pública concurrencia cuando opten a recibir apoyo público, ajustándose a la legislación sobre contratos del sector público cuando le sea de aplicación.

3. De modo excepcional, atendiendo a actuaciones que entrañen una dificultad específica objetiva, aquellas comunidades de regantes que se hallen interesadas podrán solicitar al departamento competente en materia de agricultura la intervención de empresas públicas que tengan la condición de medio propio de la Administración, tanto para la ejecución de la obra como para el apoyo técnico que resulte necesario. El referido departamento, en vista de la solicitud presentada por la comunidad de regantes, adoptará la decisión que corresponda mediante resolución motivada.

4. También de modo excepcional, a solicitud de una comunidad de regantes en el caso de proyectos de creación de regadíos declarados de interés general que entrañen una dificultad específica y objetiva, el departamento competente en materia de agricultura, previa decisión motivada, podrá ejecutar directamente una obra con base en un convenio de cofinanciación entre la propia Administración y la comunidad de regantes correspondiente. Dicho convenio recogerá de forma detallada el importe total de la inversión, el porcentaje de participación de cada una de las partes, así como los avales que deberá aportar la comunidad de regantes a la firma del mismo. La intensidad máxima de ayuda pública en términos de subvención equivalente será del 50%. Una vez ejecutada la obra, ésta será entregada a la comunidad de regantes.