Articulo 16 Reglamento de... Diputados

Articulo 16 Reglamento del Congreso de los Diputados

Ver Indice
»

Artículo 16.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Los miembros de la Cámara están obligados a adecuar su conducta al Reglamento y a respetar el orden, la cortesía y la disciplina parlamentarias, así como a no divulgar las actuaciones que, según lo dispuesto en aquél, puedan tener excepcionalmente el carácter de secretas.

Modificaciones