Articulo 16 Reglamento de desarrollo de la LO 15/1999, de proteccion de datos de caracter personal
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Articulo 16 Reglamento de desarrollo de la LO 15/1999, de proteccion de datos de caracter personal

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Artículo 16. Tratamiento de datos de facturación y tráfico en servicios de comunicaciones electrónicas.

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La solicitud del consentimiento para el tratamiento o cesión de los datos de tráfico, facturación y localización por parte de los sujetos obligados, o en su caso la revocación de aquél, según la legislación reguladora de las telecomunicaciones se someterá a lo establecido en su normativa específica y, en lo que no resulte contrario a la misma, a lo establecido en la presente sección.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 19-01-2008 en vigor desde 19-04-2008