Articulo 16 Reglamento para la ejecución de la Ley 2/1989, de Impacto Ambiental
Articulo 16 Reglamento pa... Ambiental

Articulo 16 Reglamento para la ejecución de la Ley 2/1989, de Impacto Ambiental

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Artículo 16. Coste del Estudio de Impacto Ambiental

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Cuando se trate de proyectos públicos, el coste del Estudio de Impacto Ambiental deberá incluirse necesariamente en el presupuesto de dicho proyecto.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-10-1990 en vigor desde 31-10-1990