Articulo 16 Reglamento de festejos taurinos tradicionales -bous al carrer-
- Norma vigente hasta el 1 de enero de 2027. - DECRETO 91/2026, de 12 de junio, del Consell, de aprobación del Reglamento de festejos tradicionales de bous al carrer de la Comunitat Valenciana.
Artículo 16. Documentación a presentar junto con la solicitud de autorización
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El organizador o promotor de festejos taurinos tradicionales (bous al carrer) deberá aportar, ante el órgano competente para su autorización, junto con la solicitud, la siguiente documentación:
1. Declaración jurada de que dispone de la documentación indicada en los apartados 1, 2, 5, 7, 8, 9, 10 y 12 del artículo anterior, que la tiene a disposición del director del festejo y/o de la autoridad competente que, en su caso, la requiera, y que se compromete a tenerla en su poder hasta la finalización del último de los festejos autorizados.
2. La documentación indicada en los apartados 3, 4, 6 y 11 del artículo anterior. Esta documentación deberá presentarse, en todo caso, junto con la solicitud ante el órgano competente para resolver.
