Articulo 16 Reglamento Ge...Carreteras

Articulo 16 Reglamento General de Carreteras

Ver Indice
»

Artículo 16. Contenido del Plan y de los Programas de Carreteras del Estado.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. El Plan de Carreteras del Estado contendrá:

  1. La determinación de los fines y objetivos a alcanzar y la prevalencia para su consecución.

  2. La definición de los criterios generales aplicables a la programación, proyección, construcción, conservación y explotación de las carreteras y sus elementos funcionales.

  3. La descripción y análisis de las carreteras en relación con el sistema general de transportes, modelo territorial y principales variables sociales y económicas.

  4. El análisis de las relaciones con los planes de carreteras de otras Administraciones Públicas y con el planeamiento territorial y urbanístico.

  5. El análisis general de la incidencia de las actuaciones del Plan en los aspectos medioambientales.

  6. Los criterios y medidas generales para la mejora de la seguridad de la circulación vial.

  7. La adscripción de los tramos de la Red de Carreteras del Estado a las distintas clases definidas en la legislación estatal.

  8. La determinación de los medios económicos, financieros y organizativos necesarios para el desarrollo y ejecución del Plan, así como para garantizar la conservación y explotación del patrimonio viario.

  9. La definición de los criterios para la revisión del Plan.

2. Los programas de carreteras del Estado contendrán:

  1. La determinación de los fines y objetivos a alcanzar, y la prevalencia para su consecución.

  2. La determinación de la parte de la red estatal a la que afectan los programas.

  3. La definición de los criterios generales aplicables a la programación, proyección, construcción, conservación y explotación de las carreteras incluidas en los programas y de sus elementos funcionales.

  4. La determinación de los medios económicos, financieros y organizativos necesarios para el desarrollo y ejecución del programa.

  5. El análisis general de la incidencia de las actuaciones de los programas en los aspectos ambientales y de seguridad vial.

  6. La definición de los criterios para la revisión del programa.