Articulo 16 el que se regula el régimen jurídico de la gestión del servicio público de televisión digital en la Comunidad Autónoma de Galicia
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»Artículo 16.
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(SUPRIMIDO)
Modificaciones
- Artículo modificado (16 (se suprime)) por LEY 5/2024, de 27 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas.
(G de 31-12-2024) en vigor desde 01-01-2025
