Articulo 16 se regula la señalización turística de Galicia
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»Artículo 16. El color y la tipografía.
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1. El color identifica los recursos turísticos del ámbito territorial gallego. Todas las señales turísticas gallegas deberán emplear este color, con las excepciones previstas en el catálogo del anexo.
2. La tipografía deberá ajustarse a lo dispuesto en el catálogo de señales turísticas.

