Articulo 16 Reintegración y amejoramiento del Régimen Foral de Navarra
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»Artículo 16.
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1. El Parlamento establecerá su Reglamento y aprobará sus Presupuestos.
2. La aprobación del Reglamento y su reforma precisará el voto favorable de la mayoría absoluta de los miembros del Parlamento en una votación final sobre el conjunto del proyecto.
