Articulo 16 Renta Mínima de Inserción -Derogado-
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»Artículo 16. Financiación de la Renta Mínima de Inserción.
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La Renta Mínima de Inserción se financiarán a cargo de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, sin perjuicio de las aportaciones que puedan realizar los consejos insulares a partir de sus propios presupuestos.
