Articulo 16 Transparencia...e Canarias

Articulo 16 Transparencia y acceso a la información pública de Canarias

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Artículo 16. - Publicación de la información.

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1. La información relativa a la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y a las entidades y organismos dependientes de aquella que se especifica en este capítulo se hará pública en el Portal de Transparencia.

2. Sin perjuicio de lo anterior, en las páginas web de las consejerías o departamentos de la Administración autonómica, y en las de los organismos y entidades vinculadas o dependientes de la misma se facilitará y mantendrá actualizada la información específica de su organización y actividad, así como toda aquella que se considere de mayor utilidad para la sociedad y la actividad económica.