Articulo 16 Voluntariado de La Rioja
Ver Indice
»Artículo 16. Incentivos.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Los voluntarios podrán disfrutar de bonificaciones o reducciones en el uso de servicios de las Administraciones Regional o Local, y cualesquiera otros beneficios que reglamentariamente puedan establecerse como medida de fomento, reconocimiento y valoración social de su acción voluntaria.
