Articulo 160 Reglamento general de carreteras de Cataluña
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»Artículo 160. Exigibilidad.
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El importe de las multas y de los gastos ocasionados por la ejecución subsidiaria de las actuaciones de restitución del medio y de las indemnizaciones por daños irreparables originados por infracciones, puede ser exigido por vía administrativa de constreñimiento.
