Articulo 161 Patrimonio de las AAPP

Articulo 161 Patrimonio de las AAPP

Ver Indice
»

Artículo 161. Programas de actuación.

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



El Consejo de Ministros aprobará, a propuesta del de Hacienda, programas anuales de actuación para la optimización del uso de los edificios administrativos y la cobertura de las nuevas necesidades a través de la construcción, adquisición o arrendamiento de inmuebles.