Articulo 162 Administración Local
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Artículo 162. Procedimientos de gestión coordinada.

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1. Cuando la naturaleza de una actividad pública hiciera muy difícil o inconveniente una atribución diferenciada de las facultades ejecutivas sobre una materia, las leyes reguladoras de los distintos sectores de la acción pública podrán integrar el ejercicio de las atribuciones de los entes locales en actuaciones o procedimientos de gestión coordinada con la Administración de la Comunidad Autónoma. En este caso, la resolución final corresponderá a ésta última, pero será necesaria la intervención de la entidad local afectada mediante el trámite de informe previo, de conformidad con lo establecido por la correspondiente ley sectorial.

2. Cuando, no obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, exista concurrencia de competencias ejecutivas de la Administración local y la Comunidad Autónoma sobre una materia, la Diputación General y las entidades locales podrán acordar el establecimiento de procedimientos de gestión coordinada. Ello será especialmente aplicable en relación con las autorizaciones que los particulares deban obtener de aquellas Administraciones públicas para la realización de actividades en materia de urbanismo, medio ambiente y actividades clasificadas, patrimonio histórico u otras análogas. En estos casos, el procedimiento de gestión coordinada comportará la reducción de las diversas autorizaciones administrativas a una única de la Administración autonómica o municipal. Las demás Administraciones que no hayan adoptado la resolución final deberán informar con carácter previo en relación con el ejercicio de sus competencias propias.

3. En los procedimientos relativos a concesiones o autorizaciones relativas al dominio público y, al margen de las obligaciones establecidas para la Administración estatal en la normativa básica vigente, la Administración de la Comunidad Autónoma, en el ejercicio de sus competencias, deberá solicitar el informe previo de los municipios en cuyo territorio se encuentre situado antes de resolver.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 17-04-1999 en vigor desde 17-07-1999